REVALIDACIÓN
De conformidad al Artículo 41 del reglamento para la expedición de licencias.- El interesado en revalidar una licencia deberá presentar ante la Autoridad Aeronáutica lo siguiente:
Para tripulación de vuelo:
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Documento que acredite haber realizado procedimientos anormales y de emergencia dos veces al año.
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Constancia de aptitud psicofísica vigente (examen médico)
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Bitácora de vuelo del piloto con registro de las horas con las que demuestre experiencia reciente de vuelo.
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Certificado de estudio de los cursos CFIT, ALAR y CRM, intercalados en el periodo de vigencia.
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Otros, según tipo de licencia.
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Pago de derechos
Para tripulación de sobrecargos:
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Curso de instrucción reconocido durante el periodo vigente de su licencia;
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Certificado de estudios de CRM , y
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Constancia de aptitud psicofísica vigente (examen médico)
Para personal de tierra:
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Curso de instrucción reconocido para el tipo de licencia
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Constancia de aptitud psicofísica vigente (examen médico no mayor a 90 días), y
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El pago de derechos.